#Quédateencasa

CoVid 19 - INFORMACIÓN IMPORTANTE

A fin de contrarrestar y contener la posible propagación del Covid-19 (Coronavirus) en toda España, se han establecido una serie de restricciones que se aplican en todo el territorio nacional.

Estas restricciones han entrado en vigor el 15 de marzo y estarán vigentes hasta nuevo aviso.

  • Es necesario evitar el movimiento de personas en cualquier zona,
  • Los desplazamientos sólo pueden realizarse si están motivados por necesidades de trabajo o situaciones de necesidad o por motivos de salud que se acrediten. 
  • Suspensión de eventos y competiciones deportivas en lugares públicos y privados. 
  • Suspensión de las ceremonias civiles y religiosas. 
  • Suspensión de las actividades en gimnasios, centros deportivos, piscinas, centros de bienestar, balnearios, centros culturales, centros sociales, centros de ocio. 
  • Cierre de museos, institutos y centros de cultura (museos, bibliotecas, archivos, zonas arqueológicas, parques arqueológicos, complejos monumentales). 
  • Cancelación de manifestaciones y eventos en lugares públicos y privados como cines, teatros, pubs, discotecas y lugares similares. 
  • Cierre de los remontes en las estaciones de esquí. 

Actividad comercial 

Todos los negocios minoristas están suspendidos. Las excepciones son, y siguen abiertas, las tiendas de alimentación y de artículos de primera necesidad que se enumeran a continuación:

  • Hipermercados, supermercados, tiendas de alimentación, mercados y otros establecimientos de venta de alimentos y bebidas 
  • Farmacias y parafarmacias, tiendas de artículos médicos y ortopédicos 
  • Distribuidores de carburante: gasolina, gasoleo, glp y similares 
  • Tiendas de informática, equipos de telecomunicaciones, electrónica de consumo audio y vídeo, electrodomésticos 
  • Estancos 
  • Tiendas de artículos higiénico-sanitarios 

Otras actividades permitidas: 

  • Venta de cualquier tipo de producto a domicilio: vía internet, por televisión, por correo, por radio, teléfono
  • Comercio a través de máquinas expendedoras
  • Las actividades de lavanderías y tintorerías 
  • Servicios bancarios, financieros, de seguros 
  • Actividades en el sector agrícola, zootécnico de transformación agroalimentaria, incluidas las cadenas de suministro que proporcionan bienes y servicios 

Se recuerda que todos los comercios abiertos y las actividades permitidas deberán garantizar la distancia de seguridad interpersonal de un metro.

Por consiguiente, los encargados de las actividades deberán gestionar el acceso de manera restringida o por lo menos adecuada para evitar aglomeraciones y, en cualquier caso, garantizando una distancia de seguridad. 

Se cerrarán las actividades comerciales innecesarias.

  • Permanecerán cerrados bares, pubs, restaurantes, heladerías, pastelerías y similares.
  • Están cerradas las peluquerías, barberías y centros de estética