Animales de compañía

Debe tener en cuenta que antes de entrar en Andalucía/España, su animal deberá cumplir una serie de medidas sanitarias y de identificación, que pueden variar dependiendo del tipo de mascota y el país de origen. Como normas de carácter general:

  • Los animales vendrán acompañados de sus dueños o representantes.
  • No podrá viajar con su mascota si se trata de una especie en peligro de extinción.
  • El animal debe estar identificado mediante microchip o tatuaje, así como venir acompañado del modelo de certificado sanitario de acompañamiento, que deberá incluir la redacción en español, o pasaporte según su especie.
  • Debe viajar con él dentro de un contenedor para animales.
  • La mayoría de los establecimientos no admiten animales domésticos.
  • La mayoría de los restaurantes no admiten animales domésticos.

Le recomendamos que antes de iniciar su viaje, consulte a su alojamiento y compañías de transporte sobre la admisión y condiciones a la hora de viajar con animales domésticos.

La normativa y los correspondientes modelos de certificados y pasaporte, redactados tanto en español como en inglés, los encontrará en la web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Si procede de un país no miembro de la Unión Europea, en la web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente también podrá consultar la información, relativa a la introducción en España de animales de compañía, según el tipo de mascota y el país de origen.

Si su animal es un perro, un gato o un hurón....

Además su animal deberá cumplir una serie de medidas sanitarias y de seguridad:

  • Su mascota deberá estar vacunada contra la rabia y que esté en vigor, no pudiendo desplazarse el animal hasta 21 días después de la vacunación en caso de ser la primera vacuna.
  • Si su animal es menor de tres meses, deberá solicitar autorización, existen restricciones de entrada en nuestro país.
  • En lugares públicos todos los perros tienen que ir siempre atados, salvo en las zonas habilitadas para su esparcimiento, donde sí podrán ir sueltos. Las autoridades municipales determinan los puntos, las épocas del año y las horas en los que pueden circular o permanecer los perros sueltos, incluidas las playas.
  • En cuanto al bozal, deben llevarlo siempre los perros considerados potencialmente peligrosos, no siendo obligatorio para el resto salvo que la normativa municipal así lo exija.